El pasado 17 de junio del 2020, la Asociación Civil “Madres Víctimas de Trata” ofició como AMICUS CURIAE (amigo del tribunal) a la hora de resolver la petición del beneficio del régimen de libertad condicional, la cual fue presentada por la referente de AMMAR Mar Del Plata, María López Villagra, quien fue detenida por cometer el delito de explotación económica de la prostitución ajena en la localidad costera.
Finalmente, podemos celebrar el rechazo de la solicitud por parte de la Sala IC de la Cámara Federal de Casación Penal el pasado 30 de noviembre, evitando la revictimización de la persona afectada por la acusada.
Seguimos luchando, seguimos diciendo NO MÁS TRATA.
Declaración de la Comisión Legales de Madres Víctimas de Trata
MARIA LOPEZ VILLAGRA, activa referente de AMMAR MAR DEL PLATA, quien había sido condenada el 3 de diciembre de 2019 a la pena de 4 años de prisión como autora penalmente responsable del delito de explotación económica de la prostitución ajena, pena que está cumpliendo en modalidad domiciliaria, solicitó el 2 de junio del 2020 le sea concedido el beneficio del régimen de libertad condicional.
En consecuencia, el 17 de junio del 2020 la ASOCIACION CIVIL MADRES VICTIMAS DE TRATA realizó una presentación constituyéndose como “Amicus Curiae” (amigo del tribunal), como así también lo hizo posteriormente ASOCIACION DE MUJERES ARGENTINAS POR LOS DERECHOS HUMANOS (AMADH), para así poner en conocimiento del Tribunal Oral Federal 1 de Mar del Plata cuestiones que no podían ser desatendidas a la hora de determinar si conceder dicho beneficio.
Insistimos en la continuidad de la prisión de VILLAGRA hasta el cumplimiento de su condena, entendiendo que la mera posibilidad de libertad para ésta supone un gran perjuicio y revictimización para su víctima, quien al día de la fecha sufre las consecuencias de los actos de VILLAGRA en su cuerpo y su psique. Que la víctima ha tenido que abandonar su hogar a partir de los hechos, mientras que su victimaria goza de la comodidad de su hogar, e incluso esa comodidad le resulta insuficiente, solicitando la libertad condicional. Que ha sido desde ese domicilio desde el cual VILLAGRA cometió las actividades delictivas que convocaron al proceso, y que nunca ha demostrado arrepentimiento por sus actos, posicionándose incluso a ella misma como la “verdadera víctima” del proceso.
Las respectivas presentaciones fueron recibidas por el tribunal y tenidas en cuenta al momento de resolver, RECHAZANDOSE, en fecha 2 de Julio del 2020, el beneficio de libertad condicional a la condenada MARIA LOPEZ VILLAGRA. Dicha resolución fue Recurrida a Casacion por la condenada, resolviendo la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, en fecha 30 de Noviembre del 2020, RECHAZAR la incorporación de LOPEZ VILLAGRA al régimen de libertad condicional.
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